Qué necesitas saber de las Oposiciones de Profesora de Peluquería
La especialidad de PELUQUERÍA, pertenece al cuerpo de nivel A2, denominado “ Profesores técnicos de FP. O lo que comúnmente se denomina “ profesores de taller” o “ prácticas de taller”.
Somos los que enseñamos al alumno los trabajos de Lavados de cabeza, corte de pelo, peinados, tintes, mechas, etc. En prácticas reales del alumnado sobre bases de muñecas y personas reales que denominamos “ modelos”.
El profesor de peluquería es el encargado de impartir todos los módulos de taller. Suelen ser clases dinámicas similar a la realidad de la vida de la empresa.
Suelen ser los tutores de empresas para gestionar las prácticas entre los alumnos y las empresas.
REQUISITOS GENERALES PARA EL ACCESO A LA OPOSICIÓN
- Tener la nacionalidad española o de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea
- Tener cumplida la edad mínima de acceso a la función pública, 18 años, y no haber superado la edad de jubilación, 65 años.
- No haber sido legalmente separado o inhabilitado para la función pública.
- No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente de nombramiento del cuerpo al que se pretende acceder.
REQUISITOS ACADÉMICOS
GENERALES
- Estar en posesión del Título oficial de Master en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas. Son equivalentes al título del master de educación, el T.E.D. o el C.A.P. obtenidos antes del 01/10/2009.Así mismo también estarán exentos del título de máster o equivalente los maestros y los licenciados en pedagogía y en psicopedagogía que hubiesen obtenido estas titulaciones con anterioridad al 01/10/2009
- Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia que establezca el Anexo V del Real Decreto 276/2007 para cada especialidad. Para esta especialidad de peluquería:
- Técnico o Técnica Superior en Estilismo y Dirección de Peluquería.
- Técnico o Técnica Superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa.
- Técnico o Técnica Superior en Asesoría de Imagen Personal.
- Técnico o Técnica Especialista en Peluquería.
ESPECÍFICOS
Son las titulación específicas (titulaciones equivalentes para el desempeño de puestos en régimen de interinidad) requeridas para cada especialidad docente en particular.
Y te preguntarás… ¿Qué importancia tienen si cumpliendo los requisitos académicos generales puedo presentarme a cualquier especialidad docente de Secundaria?
Pues bien, estos requisitos académicos específicos son fundamentales en caso de que no obtengamos plaza en la oposición y queramos optar a un plaza como interinos.
El sistema de ingreso se compone de tres fases
Fase de Concurso, Fase de oposición y Fase de prácticas (esta última es una mera formalidad, hace referencia al primer año de ejercicio como funcionario).
Fase de Oposición
La fase de oposición consta de dos partes que tienen carácter eliminatorio (esto depende de cada Comunidad Autónoma):
Parte A
Tiene como objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente que se opta y consta de dos pruebas:
Prueba práctica
Se propondrá un ejercicio práctico relacionado con las temáticas de la especialidad. El tiempo máximo de que dispondrán los candidatos para la realización de este examen será de entre 3h y 4,30h según la comunidad autónoma..
CARACTERÍSTICAS DE LA PARTE PRÁCTICA DE LA PRIMERA PRUEBA.
El tribunal indicará diversas pruebas, cada una de ellas podrá consistir en el planteamiento y/o análisis de actividades de enseñanza-aprendizaje, y en la realización de pruebas prácticas o simulaciones y/o resolución de ejercicios o supuestos, en cualquier caso, relacionado con uno o varios de los ámbitos siguientes:
El Tribunal elegirá dos o más prácticas de entre las siguientes:
- Cambios de color parcial y total.
- Peinado en cuidados especiales.
- Procedimientos y técnicas de peinado.
- Estilismo en peinado.
- Peinados para producciones audiovisuales.
- Tratamientos capilares.
- Cambios de forma del cabello: temporales y permanentes.
- Peinados o recogidos; clásicos, históricos, regionales o étnicos, con aplicación de posticería, rellenos, estructuras, adornos; protocolos de diseño y elaboración de ornamentos.
- Aplicación de técnicas de manicura, pedicura, esmaltados y/o tratamientos.
- Cambios de forma permanentes o semipermanentes.
- Diseños de corte capilar, donde se utilicen más de una herramienta de corte.
- Plantillas y patrones para monturas de prótesis capilares; diseños, protocolos y materiales; diseños, realización y colocación de prótesis pilosas faciales.
- Técnicas de tejido/mallado y técnicas de picado, en diferentes soportes
- Diseños de barba y bigote; procesos de rasurado; técnicas complementarias asociadas al estilismo facial masculino.
- Realización de estudios, desarrollo y mantenimiento de la imagen de usuarios con necesidades estéticas capilares especiales; y/o procesos de creación de una nueva imagen personal de carácter social.
- Realización de proyectos artísticos para producciones audiovisuales, caracterizaciones de personajes o moda.
- Resolución de supuestos prácticos relacionados con procesos y/o cosméticos utilizados en la especialidad, incluyendo identificación, utilización, contraindicaciones; aparatología, materiales, mantenimiento y control de calidad.
El tribunal podrá pedir la justificación del trabajo desde el punto de vista técnico y didáctico. La justificación didáctica se puede referir a: la ubicación del contenido práctico en el currículo; la interrelación con otros contenidos; los conocimientos o capacidades previas que tiene que tener el alumnado para el desarrollo de la actividad; los recursos necesarios; los criterios e instrumentos de evaluación y la normativa legal vigente para el ejercicio profesional.
El tribunal dará indicaciones al personal aspirante de los medios técnicos mínimos y de la documentación necesaria para el desarrollo de la práctica. Se podrá hacer entrega de diseños para realizar réplicas del mismo.
Para la ejecución de los procedimientos, el tribunal decidirá si es necesario que el personal aspirante cuente con una persona que actúe de modelo para realizar las técnicas que se precisen.
El tribunal valorará la justificación y el resultado de la prueba, el procedimiento seguido, las capacidades instrumentales manifestadas, las capacidades del personal aspirante con respecto a la organización del trabajo, la gestión del tiempo, la adaptación a las características del alumnado, la resolución de problemas, la iniciativa y la disposición a la innovación, entre otros.
Prueba de desarrollo teórico del tema
Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante, de entre tres temas extraídos al azar por el tribunal. Los opositores dispondrán de dos horas para la realización de esta parte.
Parte B
Presentación y defensa ante el tribunal de una programación didáctica.
El opositor debe elaborar una programación didactica consistente en un plan de apoyo anual de uno de los niveles o etapas en que el maestro de la especialidad tenga competencias.
Posteriormente el candidato tendrá que defender oralmente su programación ante el tribunal.
Preparación y exposición oral de una unidad didáctica.
La unidad didáctica será elaborada por el aspirante y podrá estar relacionada con la programación presentada o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad.
Deberá exponer la unidad didáctica que elija de entre 3 extraídas al azar de su propia unidad o de los temas de la especialidad.
Finalmente el tribunal abre un turno de preguntas y respuestas de aproximadamente 15 minutos con el candidato que conviene haber trabajado y ensayado previamente.
Fase de Concurso
hace referencia a los méritos que puntúan en la oposición y dependerán de cada Comunidad Autónoma y convocatoria.
La Fase de prácticas
Una vez que se adjudica la plaza al funcionario, este, pasa a ser nombrado funcionario en prácticas durante un curso académico. Esta etapa no suele tener ninguna implicación más que la meramente formal. Una vez superada, el funcionario es nombrado funcionario de carrera en activo.
Estas oposiciones se convocan cada 2 años, con carácter general, en las siguientes CCAA; Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Región de Murcia, Andalucía, Extremadura, Castilla la Mancha, Castilla y León y Ceuta y Melilla. Es decir, la siguiente convocatoria en estas autonomías sería en 2023.
En las Comunidades Autónomas con lengua co-oficial; Galicia, País Vasco, Cataluña, Valencia y Baleares, las convocatorias serán anuales. Por ello, en estas regiones, si tendremos oposición el próximo año 2022.
Desde nuestra experiencia el tiempo medio para obtener plaza esta especialidad de Secundaria es de entre 1 y 2 convocatorias siendo muy factible entrar a trabajar como interino aunque no hayamos sacado plaza.
El salario será igual para todas las especialidades del cuerpo de profesores técnicos.
Este podrá variar en función de dos factores principales:
- Comunidad Autónoma en la que ejerzas.
- Tiempo que lleves ejerciendo como docente.
Puedes consultar aquí el salario de un profesor de FP por CCAA.