Según lo establecido en la base 8.3 de la Resolución de 11 de abril de 2018,
de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a por la que se regula la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, para el curso escolar 2018-2019.
10.1. Baja temporal antes de la asignación informática provisional:
a) Baja temporal: Los aspirantes podrán solicitar la baja temporal para el curso 2018-2019 de todas las listas en las que estén incluidos, sin aportar documento justificativo alguno. La finalización de esta baja temporal coincidirá con la del curso escolar, a menos que la persona interesada solicite su reincorporación, por escrito, con posterioridad al 14 de octubre de 2018 y antes de la finalización del curso. Solo se podrá solicitar por cada curso escolar una baja temporal sin causa justificada.