Resolución de 10/06/2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación Educativa, por la que se establece el procedimiento para que las personas que integran las bolsas de trabajo ordinarias de los cuerpos docentes de enseñanzas públicas no universitarias, renueven la condición de aspirantes a interinidades y soliciten destinos para el curso 2020/2021. [2020/3697]
La Orden 32/2018 de 22 de febrero (DOCM núm. 42 de 28/02/2018), de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se regula la constitución y gestión de las bolsas de trabajo, el nombramiento y el cese del personal funcionario interino docente no universitario, establece en el artículo 7, que las personas que formen parte de las bolsas de trabajo ordinarias de especialidades en las que no se convoque proceso selectivo de ingreso por la administración educativa de Castilla-La Mancha, deberán renovar anualmente la condición de aspirantes a interinidades para formar parte de dichas bolsas para el curso siguiente.