Qué necesitas saber de las Oposiciones de profesor de ADE
Tu labor profesional consistirá en impartir las enseñanzas destinadas al Profesorado de Enseñanza Secundaria en la Familia Profesional de Administración y Gestión, en todos sus Ciclos Formativos.
Los ciclos formativos pertenecientes a la familia profesional de administración y gestión, es decir, en los que darás clase como docente de la especialidad de ADE secundaria, serán;
- Ciclo Formativo de Grado Medio de Técnico en Gestión Administrativa
- Ciclo Formativo de Grado Superior de Técnico Superior en Administración y Finanzas
- Ciclo Formativo de Grado Superior de Técnico en Asistencia a la Dirección
Por otra parte, en la Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, dos de ellos, pertenecen a la Familia Profesional de Administración y Gestión. Me refiero a:
- Título Profesional Básico en Informática de Oficina (Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo)
- Título Profesional Básico en Servicios Administrativos (Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero)
Además los Ciclos Formativos incorporan un Módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT) que se desarrolla en las empresas, y del que es muy probable que en algún momento, seas el tutor del centro educativo. Su objetivo es completar y aplicar la formación adquirida en el centro educativo.
REQUISITOS GENERALES PARA EL ACCESO A LA OPOSICIÓN
- Tener la nacionalidad española o de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea
- Tener cumplida la edad mínima de acceso a la función pública, 18 años, y no haber superado la edad de jubilación, 65 años.
- No haber sido legalmente separado o inhabilitado para la función pública.
- No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente de nombramiento del cuerpo al que se pretende acceder.
REQUISITOS ACADÉMICOS
GENERALES
- Estar en posesión del Título oficial de Master en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas. Son equivalentes al título del master de educación, el T.E.D. o el C.A.P. obtenidos antes del 01/10/2009.Así mismo también estarán exentos del título de máster o equivalente los maestros y los licenciados en pedagogía y en psicopedagogía que hubiesen obtenido estas titulaciones con anterioridad al 01/10/2009
- Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia que establezca el Anexo V del Real Decreto 276/2007 para cada especialidad.
ESPECÍFICOS
Son las titulación específicas (titulaciones equivalentes para el desempeño de puestos en régimen de interinidad) requeridas para cada especialidad docente en particular.
Y te preguntarás… ¿Qué importancia tienen si cumpliendo los requisitos académicos generales puedo presentarme a cualquier especialidad docente de Secundaria?
Pues bien, estos requisitos académicos específicos son fundamentales en caso de que no obtengamos plaza en la oposición y queramos optar a un plaza como interinos.
El sistema selectivo consta de 3 fases; fase oposición, fase concurso y fase de prácticas.
Fase Oposición
Constará de dos pruebas, cada una de las cuales tiene carácter eliminatorio.
Primera prueba
Prueba de conocimientos. Tendrá por objeto comprobar que los aspirantes poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opten.
Constará de dos partes, prueba práctica (A) y desarrollo por escrito de un tema (B), que se valorarán conjuntamente.
Parte A
Consistirá en:
- La resolución de un supuesto práctico de contabilidad, de entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con el temario vigente.
- La resolución de uno o más supuestos prácticos donde se apliquen técnicas financieras, fiscales o de otro tipo, relacionadas con el temario vigente.
El Tribunal valorará, además de la obtención de un resultado correcto, el procedimiento seguido en la realización de los supuestos prácticos y la aplicación de la normativa vigente. Se podrá utilizar calculadora a criterio del Tribunal.
El tiempo para su realización será establecido, en función de las características de cada especialidad, por la Comisión de Selección correspondiente o el Tribunal único. La calificación de la parte A de la primera prueba será de 0 a 10 puntos, con independencia del número de ejercicios que comprenda. Para la superación de esta prueba los aspirantes deberán alcanzar, al menos 2,5 puntos.
Parte B
Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema escogido por el aspirante, de entre un número de temas extraídos al azar por el Tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad de administración de empresas.
Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización de esta parte. La calificación de este ejercicio será de 0 a 10 puntos. Para su superación, los aspirantes deberán alcanzar, al menos 2,5 puntos.
Segunda prueba.
Prueba de aptitud pedagógica. Esta prueba tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. La prueba se compone de dos partes (A y B), que se valorarán conjuntamente.
Parte A.
Presentación de una programación didáctica. Los aspirantes que hayan superado la primera prueba deberán hacer entrega de la programación didáctica. La programación didáctica, hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa.
Parte B.
Preparación y exposición oral de una unidad didáctica ante el Tribunal. Podrá estar relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad.
El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral de la programación didáctica, la exposición de la unidad didáctica y el posterior debate ante el Tribunal.
El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de veinte minutos, y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica, que no excederá de treinta minutos. La duración del debate no podrá exceder de diez minutos.
Fase de Concurso
hace referencia a los méritos que puntúan en la oposición y dependerán de cada Comunidad Autónoma y convocatoria.
La Fase de prácticas
Una vez que se adjudica la plaza al funcionario, este, pasa a ser nombrado funcionario en prácticas durante un curso académico. Esta etapa no suele tener ninguna implicación más que la meramente formal. Una vez superada, el funcionario es nombrado funcionario de carrera en activo.
TEMARIO
El temario de la especialidad de ADE secundaria está formado por 75 temas que realizan un recorrido por todas las temáticas de la oposición.
EJERCICIO PRÁCTICO
Una de las ventajas de esta especialidad es que, aunque algún año puede variar, en general los contenidos que salen en el examen práctico están bastante acotados entre:
- Contabilidad
- Impuestos: IVA, IS, IRPF
- Matemática financiera
- Nóminas
- Muy esporádicamente Auditoría.
Estas oposiciones se convocan cada 2 años, con carácter general, en las siguientes CCAA; Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Región de Murcia, Andalucía, Extremadura, Castilla la Mancha, Castilla y León y Ceuta y Melilla.
En las Comunidades Autónomas con lengua co-oficial; Galicia, País Vasco, Cataluña, Valencia y Baleares, las convocatorias serán anuales.
El tiempo que de media tarda un opositor en obtener plaza para esta especialidad dependerá de si se dedica en exclusiva al estudio o lo compagina con otras actividades personales o profesionales, así como del número de plazas que convoquen. En cualquier caso es una especialidad para la que, con carácter general, en 2 convocatorias es asequible obtener la plaza.
El salario será igual para todas las especialidades del cuerpo docente de profesores de secundaria.
Este podrá variar en función de tres factores principales:
- Comunidad Autónoma en la que ejerzas.
- Tiempo que lleves ejerciendo como docente.
- Complementos de productividad (Coordinador TIC, impartición de docencia en el Programa de Excelencia en Bachillerato…) y desempeño de órganos de gobierno unipersonales (Director, Jefe de Estudios, Secretario…)
Como aproximación podemos establecer que el salario que cobra un docente del cuerpo de Secundaria en España es de unos 2500€ brutos al mes con 14 pagas. Consulta aquí el sueldo de un profesor de secundaria por comunidad autónoma.
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