La adjudicación de comienzo de curso constituye el último paso de un proceso integrado por actuaciones sucesivas de planificación y personal, cuyo objetivo principal es el de determinar las plazas docentes necesarias para la prestación del servicio educativo ajustado a la matrícula del curso que comienza, y dotar a los centros escolares de profesorado adecuado y suficiente para llevar a cabo su actividad.
Para este próximo curso escolar 2020-2021, entrará en vigor la Orden de 1 de junio de 2020, de la Consejera de Educación, por la que se regula el procedimiento de adjudicación telemática de comienzo de curso de puestos de trabajo a candidatos y candidatas de la lista para la cobertura de necesidades temporales así como el procedimiento para la estabilización de este personal en los puestos en los que viene prestando servicios.
No obstante, y en aplicación de la Disposición Transitoria primera de esta nueva Orden de 1 de junio de 2020, con carácter excepcional, para el Curso Escolar 2020-2021, en el ámbito de la adjudicación telemática de comienzo de curso de puestos de trabajo a candidatos y candidatas de la lista para la cobertura de necesidades temporales, se aplicará la Orden de 15 de julio de 2011 al personal candidato.